viernes, 2 de abril de 2010

Avances en la discusión de la Ley Orgánica y del SUIC

Resumen

El anteproyecto con alternativas fue tratado por la AGC el día 17 de Marzo tomándose la siguiente resolución.

El Martes 23 de Marzo el tema estuvo a consideración del CDC, quien remitió el documento a los Servicios para su discusión y volverá a considerarlo el 20 de abril para tener las primeras valoraciones sobre este (en particular sobre los primeros dos capítulos, el capítulo 4 y los criterios generales para la integración del CDC).

En particular la resolución de la AGC agregó la redacción de una opción más al anteproyecto con alternativas, por lo que la nueva versión de trabajo está fechada el 23 de Marzo (sesión del CDC).

Paralelamente a la discusión sobre Ley Orgánica se comenzará a trabajar sobre la propuesta de Facultad de Ingeniería del Servicio de Unidades e Institutos Centrales (SUIC). Esta idea fue planteada inicialmente el un documento de trabajo de la FING que está en el primer post (link). El tema fue valorado positivamente en su momento por el Consejo Federal y el grupo de trabajo sobre Ley Orgánica de la FEUU (segundo informe). En este post dejamos un documento sobre el SUIC elaborado también por la FING que intenta afinar algunos aspectos a pedido de la Comisión Conjunta. El SUIC será tema del CDC del 13 de abril.

Volviendo al tema de Ley Orgánica y en particular de la estructura de gobierno. Como documentos de orientación de las posiciones sobre este tema en la Ley pero sobre todo en las ordenanzas se presentaron dos propuestas (una por la FEUU y otra por el Decano de Ciencias Sociales).

El camino a optar es entre la desconcentración de atribuciones, para lo cual el órgano al que se desconcentra debe estar creado por Ley; y la delegación de atribuciones, para lo cual el órgano puede estar creado por Ley o por ordenanza (en el caso de la propuesta, aprobada por 2/3 del CDC). Esencialmente se pueden hacer las mismas cosas con uno u otro procedimiento, uno queda garantido en la Ley -desconcentrar- y otro lo pasa a una resolución interna -delegar- (modificable, adaptable en torno a la delegación pero también a la integración del órgano, ect.); en uno no hay revisión ni fiscalización ni notificación al CDC -desconcentración- y en el otro sí -delegación-.

Documentos





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